Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales

Belarús

Población: 9.700.000 / Capital: Minsk
Convenios fundamentales de la OIT ratificados: 29 - 87 - 98 - 100 - 105 - 111 - 138 - 182

La legislación y la práctica antisindicales siguen firmemente arraigadas, pese a algunas medidas del Gobierno por tener en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de la OIT y la participación de sindicatos independientes en ese proceso. Durante el año, se informó de varias detenciones y agresiones.

Derechos sindicales según la ley

La Constitución de 1996 transfirió todos los poderes al Presidente de Belarús, otorgándole el derecho de emitir decretos con peso de ley. Esta Constitución reconoce técnicamente el derecho de los trabajadores a formar sindicatos y afiliarse a ellos, pero tanto la ley de sindicatos de enero de 2000 como diversos decretos presidenciales contienen serias violaciones a los derechos sindicales.

A principios de 2004, Belarús fue objeto de una Comisión de Encuesta de la OIT. El informe de la Comisión, publicado en octubre de 2004, indicaba que los derechos sindicales eran flagrantemente violados en Belarús. La Comisión aprobó 11 recomendaciones encaminadas a armonizar la legislación y la práctica nacionales con las normas internacionales. Hasta el momento no se han logrado progresos tangibles. Algunas de las leyes y reglamentos aprobados después de que la Comisión de Encuesta terminara su labor incorporaron nuevas restricciones a las libertades sindicales. En 2008, el Gobierno adoptó algunas medidas para la aplicación de estas recomendaciones, aunque todavía no se han convertido en medidas legislativas.

Registro de los sindicatos: El registro de los sindicatos es obligatorio. El Decreto presidencial Nº 2 de enero de 1999 exigía que todos los sindicatos ya registrados a escala nacional, local y de empresa, se registraran de nuevo. Si un sindicato no está registrado, sus actividades quedan prohibidas y la organización tiene que ser disuelta. Los largos y complejos procedimientos incluyen la obligación para los sindicatos de suministrar la dirección oficial de su sede, que suele situarse en el lugar de trabajo o en locales de la empresa, y por lo general se requiere una carta del empleador confirmando la dirección, lo que hace que el sindicato dependa por completo de su buena voluntad. Los sindicatos no están autorizados a utilizar el domicilio privado de sus dirigentes como dirección para la sede legal del sindicato, a menudo, no es posible recurrir al alquiler de oficinas, especialmente en el caso de organizaciones pequeñas.

La Comisión de Encuesta de la OIT concluyó que el Decreto Nº 2 debía enmendarse para eliminar los obstáculos al registro, de manera que las organizaciones sindicales queden registradas independientemente de si pueden o no proporcionar un domicilio legal.

El Decreto Nº 2 establece además requisitos mínimos en el número de miembros afiliados a escala nacional, local y de empresa, tan elevados que resulta casi imposible crear nuevos sindicatos, al mismo tiempo que se debilita la posición de los existentes. En el ámbito nacional debe contarse con un mínimo de 500 miembros fundadores que representen a la mayoría de las regiones en Belarús. Debe enviarse al Ministerio de Justicia una lista con los nombres.

Disolución automática de los sindicatos: En 2005 se introdujeron diversas enmiendas a las leyes y regulaciones, facilitando aún más la disolución automática de los sindicatos. Las estructuras organizativas sindicales, es decir, sus organizaciones principales y territoriales, pueden ser retiradas del registro por simple decisión del registrador, sin que tenga que mediar ningún procedimiento judicial. Para ello basta con que el registrador establezca una notificación por escrito indicando que un sindicato o su estructura violan la legislación o sus propios estatutos y que las violaciones citadas no hayan sido eliminadas en el plazo de un mes. Teniendo en cuenta que la legislación de Belarús es incompatible con las normas de la OIT, esta enmienda permite la disolución administrativa de sindicatos que simplemente pretenden ejercer sus libertades según las normas internacionales. El registrador puede además eliminar a una organización sindical del registro oficial si sus datos han dejado de ser correctos, como por ejemplo si han perdido su dirección legal y no han podido conseguir otra. En violación de las normas internacionales del trabajo, la ley sobre actividades colectivas y las disposiciones sobre la recepción de ayuda externa permiten la disolución de un sindicato por decisión de un tribunal.

Se limita la cooperación internacional: Diversos decretos y ordenanzas presidenciales imponen condiciones restrictivas para poder recibir asistencia extranjera a fin de organizar actividades en el país. Estos decretos, aplicables a los sindicatos y a otras organizaciones de la sociedad civil, constituyen un intento de aislar a los sindicatos independientes de sus organizaciones asociadas en el extranjero y de limitar la capacidad de los sindicatos para protestar contra las continuas violaciones de los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

En base a estos decretos y ordenanzas presidenciales no puede ofrecerse ayuda externa a las organizaciones no gubernamentales, entre las que figuran los sindicatos, para celebrar seminarios, mítines, manifestaciones, piquetes, huelgas, etc., o para cualquier tipo de actividad propagandística destinada a sus propios miembros, sin el permiso de las autoridades. La organización gratuita de seminarios, conferencias y otros debates públicos se considera como asistencia técnica internacional y los organizadores deben informar sobre toda organización y celebración de eventos a la Comisión sobre Cooperación Técnica Internacional del Gobierno. Estos eventos deberán además quedar registrados ante el Ministerio de Finanzas; de otro modo serían consideradas ilegales.

Hasta dos años de prisión por hacer críticas: A partir de 2005, el Código Penal establece que "desacreditar a la República de Belarús", puede ser un delito castigado con la detención durante seis meses o penas de prisión de hasta dos años. Por "desacreditar" se entiende facilitar deliberadamente a un Estado extranjero o a una organización internacional o extranjera, información falsa sobre la situación política, social o económica del país. Stepan Sukhorenko, Presidente del Comité de Seguridad Nacional, quien presentó la enmienda del Código al Parlamento, explicó que introduciendo este delito se busca combatir ciertas declaraciones difamatorias, como la información facilitada por algunos sindicalistas que dio como resultado el "ultimátum de seis meses" presentado por la Organización Internacional del Trabajo.

Serias limitaciones al derecho de huelga: El Código Laboral de enero de 2000 impone serias limitaciones al derecho de huelga. Para empezar, establece procedimientos de conciliación muy complejos que duran al menos dos meses. En segundo lugar, la huelga debe realizarse en los tres meses posteriores al fracaso del proceso de conciliación. Tercero, el Presidente puede suspender una huelga por un período de hasta tres meses o incluso cancelarla, en nombre del interés de la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, o cuando se vean amenazados los derechos y libertades de otras personas. Por otra parte, la duración de la huelga debe especificarse con anterioridad y se tienen que garantizar los servicios mínimos. Los participantes en la huelga no pueden recibir ayuda financiera ni subsidios de organizaciones extranjeras.

Proyecto de ley de sindicatos: La Comisión de Encuesta de la OIT de 2004 dictaminó que la legislación antisindical, incluidos los decretos anteriormente mencionados, debía ser derogada. El Gobierno optó por no tomar medidas relativas a estas leyes, sino prometer que una nueva ley de sindicatos resolvería todos los problemas.

En octubre de 2006, el presidente Lukashenko aprobó un anteproyecto de la nueva ley de sindicatos, preparado sin consultar a los sindicatos que no pertenecieran a las estructuras de la FPB.

Cuando se dio a conocer el anteproyecto de ley, en mayo de 2007, la Confederación de Sindicatos Democráticos de Belarús, BKDP, afiliada de la CSI, la denominó "la ley sobre el control del Estado sobre los sindicatos", ya que otorga a las autoridades amplios poderes para inspeccionar la documentación y las actividades sindicales. El Gobierno tenía previsto conservar el excesivo requisito mínimo en materia de afiliación, introducir un marco bastante rígido para las actividades sindicales, y el procedimiento de registro seguiría siendo largo y engorroso, con una serie de lagunas que permiten a las autoridades conceder o negar el registro a su discreción. La intervención de la OIT persuadió al Gobierno de abandonar el proyecto de ley.

Derechos sindicales en la práctica y violaciones en 2008

Contexto general: Los esfuerzos de la OIT, con el apoyo de la CSI y su estructura regional europea, el CERP, parecen haber conseguido que el Gobierno comprendiera un poco la importancia de crear relaciones laborales basadas en las normas internacionales del trabajo y una comunicación de buena fe con los interlocutores sociales. Se han tomado algunas medidas iniciales y se han observado indicios de querer introducir algunos cambios reales en consonancia con las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, pero sólo el tiempo dirá si el Gobierno será capaz de cumplir su compromiso. Por el momento, la situación sigue siendo controvertida.

Control gubernamental: El objetivo del Presidente Lukashenko parece ser volver a los días del régimen soviético, cuando los sindicatos eran los "pilares sociales" del Estado, bajo el control del partido, o más bien la denominada "Administración presidencial" que ahora ejerce la autoridad que antes se confería al partido.

El Gobierno no escatima esfuerzos para suprimir las protestas y la oposición de los sindicatos a las violaciones de los derechos sindicales y humanos, que tienen lugar a diario en Belarús. El gobierno no sólo trata de aislar a estos sindicatos a nivel nacional, sino que también ha convertido en delito toda ayuda internacional.

Se desalienta enérgicamente a los trabajadores/as a afiliarse a sindicatos independientes. El recurso a contratos de duración determinada (que abarcan el 90% del total de la población activa) suele utilizarse para obligar a los trabajadores a que abandonen los sindicatos independientes.

La respuesta del Gobierno a las críticas es que la ley prevé todas las medidas correctivas necesarias. Sin embargo, los órganos de control de la OIT han señalado en varias ocasiones que el poder judicial belorruso, en su forma actual, no constituye un recurso adecuado para corregir las violaciones a los derechos sindicales, y que las denuncias por estas violaciones fueron totalmente ignoradas o habitualmente desestimadas por las oficinas de los fiscales.

Las políticas antisindicales provocan la pérdida de las preferencias comerciales de parte de la Unión Europea: El 20 de diciembre de 2006, el Consejo de Ministros de la Unión Europea suprimió las ventajas de que gozaba Belarús en el marco del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG). Esta decisión fue el fruto de casi tres años de seguimiento de las violaciones de los derechos sindicales y de la reticencia del Gobierno para acatar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Pese a que se dieron a Belarús seis meses más para cumplir con sus obligaciones en relación con la OIT, no pudo observarse ningún progreso en este sentido, por lo que la decisión de la UE entró en vigor el 21 de junio de 2007. La postura de la Unión Europea respecto a la aplicación de las normas internacionales del trabajo por parte del país se confirmó en la Conferencia Internacional del Trabajo del mes de junio de 2008.

Semillas de esperanza: Pudo observarse cierto avance en el diálogo social después de que la confederación BKDP finalmente recuperara su puesto oficial en el Consejo Nacional de Trabajo y Asuntos Sociales (NCLSI) en 2007. La BKDP también fue uno de los signatarios del convenio colectivo general tripartito para 2009-2010. En noviembre, las autoridades emitieron una orden devolviendo una deducción sobre el alquiler de las oficinas sindicales y salas de reunión, que fue una ayuda para la BKDP y sus organizaciones afiliadas.

Detenciones: Tres activistas del sindicato independiente Belarusian Free Trade Union (BFTU), Alexander Stepanenko, Roman Bogdanovich y Sergey Klyuev, fueron arrestados y mantenidos en detención durante 15 días debido a su participación en una acción de protesta de empresarios, el 10 de enero de 2008. El 19 de enero de 2008, Oleg Korban, otro activista del BFTU, fue arrestado en el momento de llevar un paquete de alimentos a sus compañeros en el centro de detención y posteriormente se le mantuvo detenido durante diez días. Korban fue acusado de usar lenguaje obsceno en lugares públicos.

El 9 de marzo de 2008, a raíz de las denuncias de los vecinos, la policía detuvo a 32 jóvenes activistas del BFTU y del sindicato independiente Free Metal Workers’ Union (FMWU) en las oficinas del Congress of Democratic Trade Unions of Belarus (CDTU). Los sindicalistas fueron llevados para ser identificados al Departamento del Interior del distrito de Leninsky de la ciudad de Minsk y puestos en libertad unas horas más tarde. El Gobierno explicó a la OIT que los jóvenes habían sido detenidos porque "se negaron a dar el motivo de su presencia en un número tan importante".

El 26 de marzo, el tribunal del distrito Partizan de Minsk condenó a cuatro miembros del BFTU y el FMWU a purgar entre 10 y 15 días de cárcel. Los sindicalistas, que se habían sumado a la organización no registrada, Frente de la Juventud, fueron golpeados por la policía el día anterior, durante las concentraciones con motivo del aniversario de la República Popular de Belarús.

Registro de los sindicatos: Pese a la disolución de la Comisión Nacional de Registro, los sindicatos independientes todavía se ven confrontados a enormes obstáculos jurídicos y prácticos durante el proceso de registro. Como en años anteriores, el Comité de Libertad Sindical de la OIT ha tenido que tratar nuevos casos de denegación de registro a sindicatos independientes.

Por ejemplo, el registro del sindicato local de Rechitsa del Radio-Electronic Workers’ Union (REWU) está pendiente desde diciembre de 2007. El 11 de febrero, el comité ejecutivo denegó el registro ya que el empleador había revocado la carta de garantía donde figuraba el domicilio legal del sindicato. El REWU informó que el empleador había sido presionado por las autoridades locales para revocar la carta.

Ultimas noticias sobre la búsqueda de oficinas de la BKDP: Después de la búsqueda, en diciembre de 2007, de locales para la BKDP (véase la edición anterior del presente Informe), se pidió a un representante de la BKDP que se presentara en el Ministerio de la Información. Al llegar el Vicepresidente de la BKDP, Nikolai Kanakh, se le pidió firmar un informe de "infracción administrativa" (falta). Al parecer, la BKDP había violado la ley por poseer equipos de impresión que un proyecto (actualmente suspendido) de la OIT le había confiado a la BKDP para que los guardara, sin obtener el permiso correspondiente del Ministerio de la Información. El 21 de febrero, el tribunal cerró el caso y ordenó que la impresora digital Riso fuera devuelta al BKDP.